El Ayuntamiento de Vistabella, de la provincia de Zaragoza, inició expediente para la adopción de su escudo y bandera municipales, conforme al artículo 22.2.b) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local; artículos 186, 187 y 188, del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales y Decreto 1/1992, de 21 de enero, de la Diputación General de Aragón, por el que se regula el procedimiento de rehabilitación, modificación o adopción de escudos, banderas y otros símbolos de los Municipios y demás Entidades Locales de la Comunidad Autónoma de Aragón.
El trámite procedimental se sustanció con arreglo a las citadas normas, figurando el informe del Consejo Asesor de Heráldica y Simbología de Aragón.
ESCUDO DE ARMAS
Cuadrilongo con base redondeada; de gules, una encina con nueve hojas y cinco raigones, de sinople fileteada de oro, cargada de un escudo en losange con el Señal Real de Aragón, y en sus flancos una “V” y una “B” de oro.
Al timbre, un coronel abierto compuesto de un aro de oro engastado en piedras preciosas, rubíes, esmeraldas y perlas, sumado de ocho florones, con perlas intercaladas, de los cuales tres se hallan ocultos.
BANDERA
Se representa en un paño cuyas proporciones son de una longitud equivalente a tres medios su anchura: Rojo en cuyo centro se representan sus armas principales, la encina descrita en su escudo, y dos franjas amarillas.
La precisión de los esmaltes se determinará por la escala de Pantone (color Specifier) con las siguientes especificaciones:
- Oro: 871 C.
- Gules/Rojo: 1788 C 2X.
- Sinople/Verde: 356 C.
- Amarillo: 803 C 2X.
DECRETO 161/1995, de 22 de junio, de la Diputación General de Aragón, por el que se autoriza al Ayuntamiento de Vistabella, de la provincia de Zaragoza, para adoptar su escudo y bandera municipales.